jueves, 22 de febrero de 2007

E-DICEPS. 3.2. AD/ 3.3.Marco Legal/ 3.4.Prioridades

3.2. Agenda Digital 2004-2006

La Agenda Digital (AD) fue el resultado de un trabajo iniciado en abril de 2003 y presentado en Febrero de 2004. Para su desarrollo se constituyo el Grupo de Acción Digital (GAD) presidido por el Coordinador Gubernamental de TIC e integrado por delegados de instituciones gubernamentales, de organizaciones representativas del ámbito empresarial, del sector académico y de otros poderes del Estado. A través de este espacio do concertación se logró un amplio acuerdo público-privado acerca de una estrategia-país con horizonte en la celebración del Bicentenario en 2010, así como un Plan de Acción para el período 2004-2006, que contempla 34 iniciativas. Anotemos que en el ámbito específico de la protección Social, la Plataforma Tecnológica del SiiS, constituye la Iniciativa 13 del conjunto.

El PRYME, a través de la Agenda de Gobierno Electrónico 2002-2005, trazó los planes, programas y actividades por realizar en estas materias durante los siguientes años, consolidando los esfuerzos desplegados y ampliando las posibilidades de avance tecnológico hacia el futuro. Para facilitar la presentación de cada iniciativa e identificar con precisión las dimensiones en ellas comprendidas, el PRYME las clasificó en las siguientes categorías:

1. Proyectos Transversales
Se trata de proyectos que incluyen a diversos Servicios Públicos, tanto en términos de su implementación como de la utilización de sus productos (Intranet, portal de compras, ventanilla única de trámites y servicios, Servicio Nacional de Información Territorial).
2. Proyectos Sectoriales de Alto Impacto
Son aquellos dirigidos a sectores particulares de la ciudadanía con alto potencial de uso y/u operación del recurso tecnológico (factura electrónica).
3. Proyectos Sectoriales de Impacto Focalizado
Esta categoría contempla las múltiples iniciativas y proyectos que diversos Servicios Públicos han incorporado a sus agendas de trabajo, en acuerdo a sus propios ámbitos de acción y considerando el instructivo presidencial.
4. Proyectos y Acciones de Apoyo PRYME
Iniciativas y líneas de acción específicas, orientadas a potenciar transversalmente el desarrollo del GE de la administración del Estado (promoción y uso del documento y firma digital, interoperabilidad de los sistemas de información de los servicios públicos, diseño de ventanillas únicas).
5. Proyectos de Soporte
Conjunto de iniciativas tendientes a apoyar el desarrollo de los proyectos de Gobierno Electrónico en su conjunto, a través de la creación de plataformas de servicios comunes y estándares que favorezcan la articulación, el intercambio de experiencias y la entrega de información (definición de indicadores de logro, apoyo comunicacional a los proyectos de Gobierno Electrónico).

3.3. Marco Legal de competencia.

3.3.1. Transacciones electrónicas (firma digital y electrónica, documento electrónico, certificación digital, contratación electrónica, pago electrónico)
- Ley General de Telecomunicaciones (Nº 18.168) del 02/10/1982, modificada por Ley Nº 19.277 del 20/01/1994, Ley Nº 19.302 del 10/03/1994 y Ley Nº 19.605 del 26/01/1999.
- Instructivo Presidencial para el desarrollo del Gobierno Electrónico del 11/05/2001 (Oficio Nº 005).
Ley sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma (Ley Nº 19.799) promulgada el 25/03/2002, que regula los documentos electrónicos y sus efectos legales, la utilización en ellos de firma digital, la prestación de servicios de certificación de estas firmas y el procedimiento de acreditación al que podrán sujetarse los prestadores de dicho servicio de certificación, con el objeto de garantizar la seguridad en su uso.
- Ley Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios (Ley Nº 19.886) promulgada el 30/07/2003.
- Tratado de Libre Comercio: Chile-EE.UU. (Capítulo 15: Comercio Electrónico) suscrito el 06/06/2003.
- Decreto Nº 81 del 09/07/2002 que aprueba el Reglamento de la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
- Decreto Nº 181 del 2002, Reglamento de la ley de documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación.
- Decreto Supremo Nº 77 del 03/06/2004, Norma técnica sobre eficiencia de las comunicaciones electrónicas entre órganos de la administración del Estado y entre éstos y los ciudadanos (con base en la ordenanza del artículo 54 del reglamento de la Ley 19.799).
- Decreto Supremo Nº 81 del 03/06/2004, Norma técnica para los órganos de la administración del Estado sobre interoperabilidad de documentos electrónicos.
- Dictamen Nº 4941 del 2004, sobre certificación de firma electrónica de los servicios públicos.
- Instructivo Presidencial sobre la Aplicación de Procedimientos Electrónicos del 30/03/2004, (Oficio Nº 341). Mediante este instructivo, se dictaminó que, a partir de mayo del 2004, todos los servicios deberían incorporar la capacidad de recibir facturas electrónicas; solicitar a los profesionales con los que se vinculan contractualmente boletas electrónicas de honorarios y efectuar las cotizaciones previsionales por Internet.
- Instructivo Presidencial sobre la implementación y uso de la Firma Electrónica en la Administración Central del Estado del 10/06/2004 (Oficio Nº 006), imparte instrucciones sobre la implementación de la firma electrónica en los actos, contratos y cualquier tipo de documento en la Administración del Estado.

3.3.2. Acceso a la información administrativa (o acceso a la información pública).
- Ley Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado (Ley 19.880), promulgada el 22/05/2003 y entró en vigencia el 29/05/2003. Norma los plazos máximos para la realización de actos administrativos, incorporando principios de celeridad, de economía procedimental, de no-formalización e inexcusabilidad. Igualmente, establece el derecho del ciudadano a conocer el estado de tramitación de los procedimientos de su interés, así como de eximirse de presentar documentos que no correspondan al procedimiento o que se encuentren en poder de la Administración.

3.3.3. Privacidad, seguridad de datos, habeas data.
- Ley Nº 19.223 (promulgada 28/05/1993, B.O. 07/06/1993): tipifica delitos informáticos.
- Ley Nº 19.628 (B.O. 28/08/1999): Sobre la protección de la vida privada.
- Ley Nº 19.812 (B.O. 13/06/2002): modifica la Ley Nº 19.628 sobre protección de la vida privada.
- Ley Nº 19.880 (B.O.29/05/2003): bases y procedimientos administrativos, se refiere a acceso a información personal y privacidad.
- Decreto Nº 779 (2000), Ministerio de Justicia: reglamento del registro de bancos de datos personales a cargo de organismos públicos.
- Decreto Nº 26 (2001), Ministerio Secretaría General de la Presidencia: reglamento sobre el secreto o reserva de los actos y documentos de la administración del Estado.
- Decreto Supremo Nº 83 del 03/062004, Aprueba norma técnica para los órganos de la administración del Estado sobre seguridad y confidencialidad de los documentos electrónicos.

Anotemos finalmente, que respecto a la normativa legal del Gobierno Digital, actualmente se encuentran en proceso de realización, diferentes estudios legales que –llevados a cabo de manera independiente por los organismos e instituciones competentes, pretenden resolver el problema del cruce efectivo de bases de datos (interoperabilidad) y utilización de la información disponible on-line por los distintos servicios y personas, de acuerdo al criterio de actualización y aplicación práctica de los principios legales vigentes, en un ámbito de acción como el presente digital, que dada su muy reciente incorporación al ámbito social, carece de todas las precisiones y garantías legales necesarias, siendo un campo de atención preferente y en pleno desarrollo. Destacamos los estudios jurídicos que en nuestro conocimiento se están llevando a cabo de manera simultánea en la Plataforma Tecnológica del Gobierno y en MIDEPLAN, en la Plataforma Tecnológica del SIIS.

3.4. Prioridades en la continuación de la estrategia de Gobierno Electrónico.

En el libro Gobierno Electrónico en Chile 2005, Estado del Arte II (PRYME, Editor: Álvaro Vásquez (con participación nuestra en la revisión del área concerniente a la Protección Social y de los avances de la Plataforma Tecnológica del SiiS: Iniciativa 13 de la AD), se plantean cinco desafíos, con sugerencia de respectivas líneas de acción, para el avance del Gobierno Electrónico. Dichos desafíos son:
3.4.1). Desarrollar y mejorar los mecanismos de incentivos al mayor uso de la oferta de servicios públicos electrónicos existentes. En este sentido es posible identificar las siguientes líneas de mejora:
1.1. Preparar a las instituciones y servicios gubernamentales para los cambios que deberán enfrentarse en la etapa de masificación de los servicios electrónicos.
1.2. Mejorar la usabilidad en la oferta individual de servicios electrónicos de cada uno de los sitios Web.
1.3. Desarrollar incentivos a través de mecanismos que potencien el uso de la oferta electrónica por sobre los canales tradicionales.
1.4. Llevar a cabo una estrategia de difusión para ampliar el conocimiento de la oferta existente y los beneficios ofrecidos por este canal.

3.4.2). Desarrollar y utilizar un enfoque integrador de evaluación de las iniciativas de Gobierno Electrónico, que dé cuenta del valor público que ellas pueden aportar, en particular:
2.1. Desarrollar un Observatorio de Gobierno Electrónico, que permita disponer de la información y seguimiento necesario de las iniciativas en esta materia.
2.2. Establecer marcos de evaluación, seguimiento y post evaluación de los proyectos o iniciativas que se desarrollan en este ámbito, de manera de establecer el grado de cumplimiento de los compromisos asumidos.
2.3. Conformar los estándares de información necesarios para la evaluación, de manera tal de disponer y utilizar información comparable en calidad y cantidad.
2.4. Fomentar una mirada de valor público en el desarrollo de Gobierno Electrónico, así como el concepto de un Estado en red, que contribuyan a comprender y valorar cabalmente los impactos generados por este tipo de iniciativas.

3.4.3). Fortalecer la institucionalidad del Gobierno Electrónico, para incorporar las iniciativas que correspondan a él, como un eje del desarrollo del quehacer de Gobierno.
3.1. Establecer un modelo de institucionalidad más robusto con capacidades de acción transversal, con algunas atribuciones de asignación presupuestaria y de implantación y seguimiento de proyectos.
3.2. Mejorar los procesos de financiamiento de las principales iniciativas de Gobierno Electrónico, identificando prioridades y exigencias de resultados concretos más allá de llevar a cabo el proyecto.
3.3. Desarrollar una clara asignación de responsabilidades y ámbitos, especialmente en el desarrollo y ejecución de las iniciativas, así como en su control y evaluación.

3.4.4.). Desarrollar un Gobierno Electrónico más integrado y participativo, con servicios de calidad, creciente transparencia y foco de atención en los ciudadanos. Para ello será necesario:
4.1. Homogenizar el desarrollo del Gobierno Electrónico en los servicios públicos, a través de una consolidación de las áreas de TIC y sus procesos como herramientas transformadoras del quehacer público, estableciendo metas en materia de desarrollos tecnológicos y nivelando las competencias necesarias.
4.2. Integrar los servicios electrónicos prestados por los Servicios Públicos, permitiendo unificar puntos de contacto orientados al proceso y construyendo una fuerte colaboración recíproca entre los mismos (Interoperabilidad).
4.3. Desarrollar mecanismos de participación ciudadana a través de medios electrónicos, que permitan integrar a los ciudadanos en los procesos de decisión, fiscalización y gobernabilidad.
4.4. Construir un modelo de desarrollo coordinado entre las diversas instituciones, de manera de asegurar que el foco de las necesidades de las empresas, ciudadanos y servicios en línea estén estructurados y conducidos en forma concordante.

3.4.5.) Avanzar en el desarrollo del Gobierno Electrónico Regional y Local. Para ello será necesario:
5.1. Desarrollar un avance en términos de soluciones que lleguen a los diversos ciudadanos y empresas en todo el país.
5.2. Construir una integración de carácter vertical que permita llevar a cabo la coordinación entre los niveles centrales y locales.
5.3. Desarrollar una gestión territorial, integrando a nivel local los diferentes servicios ofrecidos a nivel central con las necesidades y recursos disponibles en términos de los municipios y gobiernos regionales.

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